Se derogan las tasas judiciales para las personas físicas.


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El pasado viernes se aprobó por RD 1/2015 la Ley de segunda oportunidad. De entre las medidas que se recogen encontramos la bien recibida noticia de la supresión de tasas judiciales para procedimientos interpuestos por personas físicas. Finalmente el gobierno ha escuchado las peticiones sociales y en concreto de los distintos colegios de abogados del estado que venían pidiendo desde el minuto 1  de la aprobación de la ley de tasas en 2012 que los particulares no pagasen tasas por acudir a la vía judicial.

La finalidad de las tasas, según el anterior ministro de justicia, Pedro Ruíz Gallardon, era la de aumentar los recursos para financiar el sistema judicial así como liberar de carga los juzgados españoles porque el requisito de la tasa provocaría un  «uso racional» de la justicia. Por lo que de acuerdo con el anterior ministro sólo se haría un uso racional de la justicia cuando el sujeto interesado tiene suficiente dinero para pleitear.
En contra de lo esperado la estadísticas judiciales muestran que a pesar de la ley, no se redujo el número de demandas interpuestas. Eso no significa que la ley de tasas tuviese éxito pues en el momento económico en el que nos encontramos era predecible que el número de reclamaciones y litigios en general debía ir en aumento.